A continuación se anexan los documentos correspondientes del Diario oficial de Galicia, y procedemos a detallar resumidamente las principales novedades al respecto de las medidas preventivas y disposiciones de la Xunta de Galicia contra el Covid publicadas este fin de semana en el Diario oficial de Galicia. Estas nuevas medidas tienen vigencia desde las 00.00 horas del día 29 de mayo y hasta las 00.00 horas de 12 de junio de 2021.

Como principales cambios, podemos destacar los siguientes:

NIVELES DE RESTRICCIÓN POR AYUNTAMIENTOS:

Se mantienen los distintos niveles de restricciones por Ayuntamientos en función de la evolución epidemiológica. La situación actual de los ayuntamientos de la demarcación de la Cámara es la siguiente:

Ayuntamientos con nivel de restricción máxima: ninguno

Ayuntamientos con nivel de restricción alta: Ordes

Ayuntamientos con nivel de restricción media: Cee

Ayuntamientos con nivel de restricción media-baja: Resto de ayuntamientos de la demarcación

En los ayuntamientos que están en nivel de restricción máxima se mantienen las restricciones de entrada y salida de personas, la limitación de reuniones de personas a convivientes y la restricción de movilidad nocturna de 23:00 a 06:00 h.

En el resto de ayuntamientos se establece la limitación de grupos de personas a un máximo de seis en espacios cerrados y de diez en espacios abiertos o al aire libre. Entre las 01:00 y las 06:00 h. se mantiene la limitación de sólo convivientes.

ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES detallistas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público

  • Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales no podrán superar el 50% de su aforo total en los ayuntamientos con nivel de restricción máxima y alta y el 75% en los ayuntamientos en los ayuntamientos con nivel de restricción media y media-baja.

  • Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público situados en centros y parques comerciales no podrán superar el 50% de su aforo total en los ayuntamientos con nivel de restricción máxima y alta y el 75% en los ayuntamientos con nivel de restricción media y media-baja.

El aforo de las zonas comunes de los centros y parques comerciales queda limitado al 30% en los ayuntamientos con nivel de restricción máxima y alta, y al 50% en los ayuntamientos con nivel de restricción media y media-baja

Actos y reuniones laborales, institucionales, académicos o profesionales

En los ayuntamientos con nivel de restricción máxima y alta no se podrá superar el 50% del aforo autorizado del local. En cualquier caso, se deberá respetar un máximo de 75 personas para lugares cerrados y de 150 personas si se trata de actividades al aire libre.

En los ayuntamientos con nivel de restricción media y media-baja no se podrá superar el 75% del aforo autorizado del local y, en todo caso, se deberá respetar un máximo de 150 personas para lugares cerrados y de 300 personas si se trata de actividades al aire libre.

Actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación. Se mantiene la posibilidad de actividad presencial con una limitación del 50% del aforo

Se mantiene la medida de cierre temporal para determinadas actividades de espectáculos públicos y actividades recreativas y en concreto del ocio nocturno (discotecas, salas de fiestas, pubs, etc.)

La eficacia de estas medidas surten efectos, desde las 00.00 horas del día 29 de mayo y hasta las 00.00 horas de 12 de junio de 2021.

A continuación se adjuntan para consulta y/o descarga los documentos relativos a estas medidas recogidas en el Diario oficial de Galicia: